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mayo  6, 2024

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La resolución de las controversias dentro de “plazos razonables”, garantiza los derechos de los usuarios y consumidores

¿Cuál es el plazo razonable para resolver?

Por Flavio Ismael Lowenrosen


“…la resolución de los planteos de los usuarios (cualquiera sea la sede donde este acudiendo) debe efectuarse con la celeridad necesaria, con la inmediatez que corresponda, ello a los efectos de evitar que el daño y/o perjuicio se maximice y continúe en el tiempo, o que la reparación ocurra en un momento lejano, en el cual el usuario puede no necesitarla, porque cambiaron sus condiciones fácticas, o hasta deviniendo abstracto para él, en caso que haya fallecido durante ese periodo de tiempo.”

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Términos mencionados en esta doctrina: razonable, resolución, controversias, derechos, usuarios, celeridad, perjuicio, autoridades.

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